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martes, 20 de mayo de 2014

Venezuela inflación en abril fue 4.6% y 91.8% en doce meses

En abril se registró un aumento del 4,6% con relación a marzo de este año, mientras que la suba es del 91,8% desde abril de 2013. Los mayores incrementos fueron en azúcar, sal, frutas y hortalizas.

 El aumento del precio de la canasta alimentaria familiar en Venezuela durante abril de 2014 fue medido por el centro estadístico Cendas-FVM, que remarcó que subió 457,56 bolívares con respecto a marzo, quedando en 10.444,23 bolívares, es decir, unos 1.660 dólares. Si se compara con un año atrás, abril de 2013, el incremento es del 91,8%.
La alta inflación y la escasez son síntomas de una crisis económica  que se convirtió en uno de los motivos de las masivas protestas en contra de su gobierno que se mantienen desde hace más de tres meses.
De acuerdo con el Cendas-FVM, ocho rubros de la canasta alimentaria aumentaron de precio, con el azúcar y la sal a la cabeza (16,3%) y las frutas y hortalizas (11,3%). La leche, quesos y huevos registraron una inflación del 4,7%, mientras que el café, de 9,5%. Completan el listado las salsas y mayonesa (2,1%), pescados y mariscos (1,9%), cereales y productos derivados (1,2%) y carnes y sus preparados (1,1%).
Sólo dos rubros mantuvieron los importes del mes pasado: grasas y aceites, 169 bolívares, y granos, 307,34 bolívares. Un grupo bajó de precio: raíces, tubérculos y otros, de Bs. 824,72 a Bs. 820,37, -0,5%, según consigna el periódico venezolano Noticiero Digital-.
Por otro lado, 18 productos básicos presentaron problemas de escasez: leche en polvo, sardinas enlatadas a precio regulado, pollo regulado, carne de res a precio regulado, margarina, azúcar, aceite de maíz, queso blanco duro, queso amarillo, arroz, harina de trigo, pastas alimenticias a precio regulado, harina de maíz, mayonesa, lentejas, arvejas, café y pan. Esto representa un tercio de los 58 productos que integran la canasta, lo que demuestra la relación entre la escasez y la inflación.
Por fuera de la canasta, escasean otros productos, como jabón de baño, detergente, lavaplatos, cera para pisos, compotas, Nenerina, toallitas, papel higiénico, leche condesada, cloro, pañales, suavizante, desodorante y servilletas.



FUENTE: MERCOPRESS

martes, 11 de marzo de 2014

 
GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Número 40.359
Caracas, miércoles 19 de febrero de 2014
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA ECONOMÍA, FINANZAS Y BANCA PÚBLICA
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO
DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA
Providencia Administrativa Nº SNAT/2014/0008
Caracas, 19 de febrero de 2014
203º y 154º

El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15 del artículo 121 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.305 de fecha 17/10/2001, en concordancia con lo previsto en el artículo 7 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.320 de fecha 08/11/2001, y vista la opinión favorable de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela,
Dicta lo siguiente:
Providencia Administrativa:
Artículo 1º—Se reajusta la Unidad  Tributaria de CIENTO SIETE BOLÍVARES (Bs. 107,00) a CIENTO VEINTISIETE BOLÍVARES (Bs. 127,00).
Artículo 2º—En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable seré la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo, y para los tributos que se liquiden por  períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario. 
Entre las facultades del SENIAT se encuentra la de reajustar la unidad tributaria (U.T.) dentro de los quince (15) primeros días del mes de febrero de cada año, sobre la base de la variación producida en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), del año inmediatamente anterior, publicado por el Banco Central de Venezuela, así lo establece el artículo 121 del Código Orgánico Tributario vigente.
Sin embargo, nuevamente publicaron el valor de la unidad tributaria del año 2014 tomando como base una inflación acumulada inferior (18,69%) a la publicada por el BCV en el año inmediato anterior que fue de un 56,2 %. Efectivamente, en los últimos 6 años se han estado publicando unidades tributarias calculadas de forma subestimada, en detrimento de lo dispuesto en el artículo 121 del COT. Es el caso que de acuerdo a lo publicado por el Banco Central de Venezuela.
 Sin embargo tal decisión de las autoridades obedece a realidades económicas que no pueden ocultar, es un dilema , si la publican calculada acorde a lo dispuesto en el COT , la nueva unidad tributaria en vez de 127 bs estaría en 167 Bs. , que a mi entender agudizaría mas el problema económico del país.
Uno de los beneficios inmediatos del aumento de la unidad tributaria es que el bono alimenticio diario se incrementa entre un mínimo de 32 bolívares diarios hasta un máximo de 63 bolívares (recordemos que la normativa indica un pago mínimo de un 25% hasta un máximo de 50% diario de la unidad tributaria).

Otro de los beneficios es que el trabajador asalariado puede hacer la rectificación de la declaración ARI antes del 31 de marzo a los fines de recalcular su porcentaje de retención de islr 2014 mucho menor.

Otra de las consecuencias inmediatas el hecho de publicar una unidad tributaria inferior a la legal  es que a los efectos del calculo de la declaración de islr 2014, el trabajador tendría derecho a utilizar un desgravamen único mucho menor  y por ende pagaría mas impuesto sobre la renta.


- VARIACIONES DE LA UNIDAD TRIBUTARIA

 Las autoridades reiteraron que para la declaración del Impuesto sobre la Renta (ISLR), cuyo plazo vence el 31 de marzo, la UT de referencia es 107 bolívares, ya que para este trámite se toma en cuenta los ingresos devengados por los contribuyentes entre enero y diciembre de 2013. Es decir, las personas que deben declarar son aquellas que percibieron más de 1.000 U.T. (107.000 bolívares).
Con la revisión autorizada a la Unidad Tributaria, las multas fijadas en diferentes instrumentos legales se incrementan. Por ejemplo, infracciones de tránsito, que van de 5 a 10 U.T., ahora cuestan entre 635 y 1.270 bolívares.
La tasa a cancelar por expedición y renovación de pasaporte venezolano pasó a 889 bolívares, el equivalente a 7 U.T.
En la nueva Ley de Precios Justos las sanciones son severas para las empresas y, por ejemplo, para las infracciones genéricas se contemplan sanciones que oscilan entre 200 a 5.000 U.T., de manera que con el nuevo valor esos montos son equivalentes a 25.400 bolívares y 635.000 bolívares. El acaparamiento y el boicot serán sancionados con multas que van de 1.000 a 50.000 Unidades Tributarias y dichas cantidades ahora representan 127.000 bolívares y 6,35 millones de bolívares.
Asimismo, se ajustan los rangos del bono de alimentación por jornada laboral. La Ley de Alimentación para los Trabajadores establece que para el cálculo del ticket de alimentación el empleador podrá fijar a su discreción, pero en un rango mínimo de 25% de la U.T. y un máximo de 50% de la U.T. Dichos rangos ahora representan 31,75 y 63,5 bolívares, respectivamente.
También aumenta el costo de timbres fiscales, que cuestan entre 0,01 y 0,5 U.T., si se trata de estampillas de bajo valor. Los de más alto valor cuestan 1 y 5 U.T. Es decir, por timbres fiscales de bajo valor, las personas deberán pagar entre 1,27 bolívares y 63,5 bolívares, y por los de alto valor, se deberá cancelar entre 127 bolívares y 635 bolívares.

- 1994 SE CREA LA UNIDAD TRIBUTARIA EN VENEZUELA

En 1994 se define la Unidad Tributaria como una medida de valor expresada en moneda de curso legal, creada por el código orgánico tributario y modificable anualmente por el Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat).
Su fundamento se encontraba en el artículo 229 del COT, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela número 4.727 Extraordinario 1, estableciéndose la unidad tributaria para ese entonces, a los efectos tributarios, en el monto de un mil bolívares (Bs. 1.000,00). Lo que actualmente es equivalente a un bolívar (Bs. 1,00) como consecuencia de la aplicación del Decreto N°5.229, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reconversión Monetaria, publicada en la Gaceta Oficial N°38.638, de fecha 6 de marzo de 2007. 
En la Gaceta Oficial N°37.305, publicada el 17 de octubre de 2001, el nuevo COT decretado por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece en el Parágrafo Tercero de su artículo 3: “Por su carácter de determinación objetiva y de simple aplicación aritmética, la Administración Tributaria Nacional reajustará el valor de la Unidad Tributaria de acuerdo con lo dispuesto en este Código. En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo. Para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período”.



Año      Valor de la  U.T.   % de aumento  Gaceta Oficial     Publicación
1994      Bs. 1.000,00          No aplica       4.727             27/05/1994
1995      Bs. 1.700,00           70%          35.748             07/07/1995
1996      Bs. 2.700,00           8,82%           36.003          18/07/1996
1997      Bs. 5.400,00            100%          36.220            04/06/1997
1998      Bs. 7.400,00           37,04%          36.432          14/04/1998
1999      Bs. 9.600,00           29,73%          36.673          05/04/1999
2000      Bs. 11.600,00          20,83%          36.957         24/05/2000
2001      Bs. 13.200,00          13,79%          37.194          10/05/2001
2002      Bs. 14.800,00          12,12%          37.397          05/03/2002
2003      Bs. 19.400,00          31,08%          37.625          05/02/2003
2004      Bs. 24.700,00          27,32%          37.877          11/02/2004
2005      Bs. 29.400,00          19,03%          38.116          27/01/2005
2006       Bs. 33.600,00         14,29%          38.350          04/01/2006
2007       Bs. 37,362               12%          38.603          12/01/2007
2008       Bs. 46,00             22,24%          38.855          22/01/2008
2009       Bs. 55,00             19,57%          39.127          26/02/2009
2010       Bs. 65,00             18,18%          39.361          04/02/2010
2011       Bs. 76,00             16,92%          39.623          24/02/2011
2012       Bs. 90,00             18,42%          39.866          16/02/2012
2013       Bs. 107,00               19%          40.106          06/02/2013
2014       Bs. 127,00               18%          40.359          19/02/2014

jueves, 9 de enero de 2014

El año 2013 se despide en Venezuela con una inflación asfixiante 

Al anunciar una inflación de 56.2 por ciento al cierre de diciembre, Venezuela se encontraba bien posicionada para obtener la dudosa distinción de registrar este año la mayor tasa del planeta, pero economistas advierten que los venezolanos solo vieron el inicio de la crisis económica en el 2013 y que el alza de los precios y la escasez será aún mayor en el 2014.
“En Venezuela lo que se espera es una caída del crecimiento, más inflación y más escasez”, comentó desde Caracas Orlando Ochoa, profesor de economía de la Universidad Católica Andrés Bello.
“No hay nada que ayude a estabilizar los precios en Venezuela. Hay una crisis cambiaría y no hay un plan para estabilizar o reordenar el mercado cambiarlo, y tampoco hay un plan para estabilizar los precios”, sentenció.
Francisco Ibarra, director de la firma de asesores Econométrica, coincidió desde Nueva York.
“El 2014 va a ser un año muy duro, un año donde va a haber escasez muy marcada, especialmente durante los primeros tres meses del año”, comentó Ibarra.
El régimen de Nicolás Maduro anunció el lunes que la inflación cerró el año en 56.2 por ciento, superando en más del doble la tasa registrada en el 2012.
Esa lectura luce en vías de superar la tasa de Siria, país cuya guerra civil le había llevado a padecer la inflación más alta del mundo.
En noviembre, la nación árabe registraba una tasa anualizada cercana al 50 por ciento.
Poco después que el Banco Central de Venezuela anunciara el comportamiento de los precios, con el índice mostrando un incremento de 4.8 por ciento en noviembre y 2.2 en diciembre, Maduro describió la tasa como “inusual”, producto de una “burbuja económica”.
Los resultados de los últimos dos meses del año representan una desaceleración en comparación con octubre, cuando el Índice de Precios al Consumidor repuntó en 5.1 por ciento.
Esa desaceleración en los precios al consumidor coincidió con las medidas que comenzó aplicar Maduro en noviembre para combatir la inflación, obligando a los empresarios a bajar los precios bajo amenaza de encarcelarlos o de permitir que el populacho saqueara sus negocios.
Durante su intervención, Maduro defendió esas medidas, asegurando que de no haberlo hecho, la inflación de noviembre hubiese alcanzado los diez puntos porcentuales.
“[Eso] era lo esperaban lo que calculaban el caos económico”, dijo Maduro insistiendo en que la inflación es el producto de la “guerra económica” contra su gobierno emprendido por sectores desestabilizadores de la oposición.
Los economistas, sin embargo, creen que si bien las políticas antiinflacionarias pudieron haber frenado ligeramente el alza de los precios en los últimas semanas del año, su verdadero efecto, el que ha de impactar la vida de los venezolanos en los meses venideros, es la agudización de la escasez.
“El sector comercial y productivo, gran parte de ellos, van a comenzar a trabajar muy lentamente en el 2014 porque hay un gran temor sobre las intervenciones y fiscalizaciones forzadas del gobierno”, comentó Ochoa.
Ese temor va a llevar a muchos empresarios a no reponer los inventarios que quedaron vacíos luego que Maduro ordenara su política de intervención comercial.
Según Ochoa, el gobierno hasta el momento no ha tomado ninguna medida para combatir las causas de la inflación en Venezuela: el financiamiento de un gigantesco déficit fiscal a través de la impresión de dinero inorgánico.
“Por el contrario, el gobierno ha jerarquizado financiar el déficit del gobierno con inyecciones monetarias. No están actuando para frenar esto”, sostuvo.
Eso no quiere decir que intenten adoptar algunas medidas el próximo año para tratar de “suavizar” el desequilibrio económico.
Entre las medidas que el régimen ha dejado entrever que podría comenzar a aplicar a partir del próximo año se encuentra un incremento en los precios de la gasolina, una devaluación y la introducción de nuevos impuestos.
Pero esas medidas lucen insuficientes para combatir un déficit del sector público consolidado estimado en cerca de 15 por ciento del PIB, con un chavismo que ni siquiera se muestra dispuesta a discutir las medidas que podría ayudar efectivamente a estabilizar la economía del país: la suspensión de los gigantescos subsidios petroleros que la Revolución Bolivariana brinda a Cuba y sus aliados.

Fuente: El Nuevo Herald Venezuela



Gaceta N° 40.327: Nuevo salario mínimo se sitúa oficialmente en 3.270 bolívares a partir del 6 de enero del 2014 

Este martes, se publicó en la Gaceta Oficial N° 40.327, con fecha de lunes 6 de enero, el decreto presidencial N° 725 con el que se oficializa el incremento de 10 por ciento del salario mínimo.

A partir de la publicación del decreto, la remuneración mensual mínima llega a 3.270 Bs. que también aplica para los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). En el caso de los aprendices, el incremento sitúa el sueldo en 2.432,10 bolívares al mes.

De esta manera, la jornada diurna queda en 109,01 bolívares para los trabajadores y en 81,07 bolívares diarios para los adolescentes aprendices.

Según establece la Gaceta, el pago de una remuneración que sea inferior a lo estipulado acarreará sanciones al patrón. Además, la normativa designó al Ministro del Trabajo y Seguridad Social como el encargado de dar cumplimiento a este decreto.


jueves, 7 de noviembre de 2013

Publican en Gaceta Oficial tercer ajuste del salario mínimo de 2013

El aumento llevará la remuneración básica en 2.973 bolívares mensuales a partir del  1 de noviembre 


Entro en vigencia el incremento salarial adicional de 10% a partir del 1 de noviembre de este año, según aparece en la Gaceta Oficial 40.275 del 18 de octubre pasado.

De esta manera, la remuneración básica en Venezuela quedará en 2.973 bolívares desde esa fecha, el tercer aumento en menos de un año. Los adolescentes aprendices devengarán 2.211 bolívares.

En mayo entró en vigencia el aumento de 20 % del salario mínimo mensual, con lo que la remuneración más baja en el país se ubicó en 2.457,02 bolívares. Luego, a partir del 1 de septiembre se produjo otro incremento de 10%, que llevó el salario mínimo a 2.702,73 bolívares mensuales.

Con la vigencia del nuevo salario mínimo se ajustan también las pensiones del Seguro Social y las jubilaciones de la administración pública.

En el decreto de aumento salarial de mayo el Gobierno había anunciado que, dependiendo del nivel inflacionario que se alcanzara más avanzado el año, se asumiría un tercer tramo de ajuste de entre 5 y 10% adicional. De acuerdo a los datos del Banco Central de Venezuela, la inflación anualizada fue de 49,4% hasta el mes de septiembre.



 Debido a la escasez de productos de la cesta básica y el incremento de los precios de los mismos, incremento en los  de servicios públicos, aumento en precios de medicamentos entre otros, el salario mínimo actual no cubre las necesidades de las familias Venezolanas.

miércoles, 30 de octubre de 2013

SISTEMA, APLICACIONES Y PRODUCTOS EN PROCESAMIENTOS DE DATOS (SAP)

El nombre de SAP proviene de: Sistemas, Aplicaciones y Productos en Procesamiento de datos. EL nombre SAP es al mismo tiempo el nombre de una empresa y el de un sistema informático. Este sistema comprende muchos módulos completamente integrados, que abarca prácticamente todos los aspectos de la administración empresarial. Cada módulo realiza una función diferente, pero está
 Diseñado para trabajar con otros módulos.

La integración total de los módulos ofrece real compatibilidad a lo largo de las funciones de una empresa. Esta es la característica más importante del sistema SAP y significa que la información se comparte entre todos los módulos que la necesiten y que pueden tener acceso a ella. La información se comparte, tanto entre módulos, como entre todas las áreas.

 SAP establece e integra el sistema productivo de las empresas. Se constituye con herramientas ideales para cubrir todas las necesidades de la gestión empresarial -sean grandes o pequeñas- en torno a: administración de negocios, sistemas contables, manejo de finanzas, contabilidad, administración de operaciones y planes de mercadotecnia, logística, etc.    SAP proporciona productos y servicios de software para solucionar problemas en las empresas que surgen del entorno competitivo mundial, los desarrollos de estrategias de satisfacción al cliente, las necesidades de innovación tecnológica, procesos de calidad y mejoras continuas, así como, el cumplimiento de normatividad legal impuesta por las instituciones gubernamentales.
 Los Módulos de aplicación son los siguientes:

Gestión financiera (FI). Libro mayor, libros auxiliares, ledgers especiales, etc.

Controlling (CO). Gastos generales, costes de producto, cuenta de resultados, centros de beneficio, etc.

Tesorería (TR). Control de fondos, gestión presupuestaria, etc.

Sistema de proyectos (PS). Grafos, contabilidad de costes de proyecto, etc.

Gestión de personal (HR). Gestión de personal, cálculo de la nómina, contratación de personal, etc
.
Mantenimiento (PM). Planificación de tareas, planificación de mantenimiento, etc.

Gestión de calidad (QM). Planificación de calidad, inspección de calidad, certificado de, aviso de calidad, etc.

Planificación de producto (PP). Fabricación sobre pedido, fabricación en serie, etc.

Gestión de material (MM). Gestión de stocks, compras, verificación de facturas, etc.

Comercial (SD). Ventas, expedición, facturación, etc.

Workflow (WF), Soluciones sectoriales (IS), con funciones que se pueden aplicar en todos los módulos.

SAP fue fundada el 1 de Abril 1972 a partir del desarrollo de un paquete de contabilidad financiera que funcionaba en bloques. Continuó con el diseño y aplicación de un sistema financiero en tiempo real, sobre las experiencias que se tenía en el programa. Simultáneamente, SAP desarrolló un sistema de administración de materiales. Posteriormente el sistema de administración de materiales se convirtió en un paquete estándar, que se financió con los beneficios del sistema financiero contable. Los dos sistemas desarrollados fueron los primeros módulos de los que se llamo el sistema R, que producto de un nuevo desarrollo, se renombró R/1 seguido de sus sucesores R/2 y R/3.

SAP también ofrece diseño y estrategias de procesos, así como, servicios permanentes que ayudan a emigrar los sistemas empresariales de acuerdo con los cambios de las TI. SAP ayuda a sus clientes “a dirigirlos durante dichas transiciones, de los entornos de min. (SAP R/2 ®) a los de cliente-servidor (SAP R/3 ®) y de estos a la arquitectura hacia la arquitectura orientada a los servicios (ESA)”. Asimismo, ofrece estrategias de resistencia al cambio en los sistemas de soluciones de negocios pues se involucra en los procesos de capacitación de los usuarios finales del sistema

Nota: Una gran cantidad de comentarios recibidos por este artículo, hacen necesario agregar la siguiente información. Existen cursos libres de SAP al alcance de todos en www.mundosap.com, publicaciones de libros a cargo de la editorial Gestión 2000 -la dirección electrónica del mismo nombre-, además, puedes incluirte en los cursos que el propio consorcio de SAP ofrece para consultores independientes -personas físicas o morales- o empresas que incluye la licencia y cursos de capacitación para manejo de los diferentes módulos, consulta la disponibilidad de dichos cursos en tu país en www.sap.com.



ES ESTE DERECK

SIGESP es un sistema integrado que simplifica los procesos de gestión administrativa en las organizaciones del sector público venezolano.
Está conformado por una serie de módulos adaptable a cada cliente, que gestionan diversas tareas y proporcionan respuesta inmediata y oportuna a las necesidades de registro presupuestario, patrimonial, contable y administrativo.
SIGESP han sido diseñado observando las normas legales que rigen la materia presupuestaria establecidas por la Oficina Nacional de Presupuesto para las instituciones públicas (ONAPRE), la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y sus Reglamentos, y demás publicaciones de la Contraloría General de la República, la Oficina Nacional de Contabilidad Pública y la Superintendencia Nacional de Auditoria Interna.

MODULOS

El sistema está desarrollado en 2 niveles de módulos, estos son los principales o básicos y los auxiliares.
Los módulos principales o básicos son los que registran todos los Estados Financieros, estos son Contabilidad Presupuestaria de Gastos, Contabilidad Presupuestaria de Ingresos, Formulación de Presupuestos y Planificación Estratégicas y Contabilidad Patrimonial o Fiscal (este último depende de la naturaleza de la institución).
Los módulos auxiliares son en los que se registra o procesa la información, estos modulos son Órdenes de Compras, Cuentas por Pagar, Caja y Banco, Activos Fijos, Nómina, Control de Viáticos, Inventario, Solicitud de Ejecución Presupuestaria y Obras.
Los módulos integrados permiten:
Obtener información físico-financiera de la ejecución de presupuesto en forma precisa y oportuna.
Integración contable y presupuestaria.
Integración de los registros e información del sistema de recursos humanos.
Automatización e integración del sistema de control y seguimiento de obras.

Reconversión de los procesos y registros administrativos de forma tal que faciliten el control.
Vinculación del plan con el Presupuesto.

Para quiénes es el Sistema
Ministerios

Gobernaciones

Alcaldías

Asociaciones Civiles

Fundaciones

Institutos Autónomos

Compañías Anónimas del Sector Público


MARCO LEGAL
El sistema SIGESP está basado en el marco legal Venezolano, cumpliendo con las pautas establecidas por la ONAPRE, ONCOP, la Tesorería Nacional, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y sus reglamentos, así como las normas pautadas por la Contraloría General de la República, la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna y por aquellas leyes y normas heredadas del ámbito geográfico ó de la razón social en la que se encuentren (Leyes Nacionales, Estadales y Municipales).

VERSIONES

Las primeras versiones de SIGESP fue desarrollada en CLIPPER, posteriormente se desarrolló en Visual FoxPro versión 6, utilizando gestores de base de datos Microsoft SQL Server en sus versiones 7.0 y 2000 (8.0) como en Adaptive Server Anywhere (ASA), versiones 8 y 9. Posteriormente se desarrolló una versión libre en PHP utilizando motores de base de datos como MySQL (versión 5.x) y PostgreSQL (ultima versión estable en 8.x), pero se puede conectar con cualquier motor de base de datos ya que utiliza conexión ADODB.
Actualmente las versiones desarrolladas en CLIPPER y Visual FoxPro cumplieron su ciclo de vida descontinuando su uso del mercado.




  









miércoles, 25 de septiembre de 2013